Decreto N° 371-2026

Apruébase el modelo de Convenio Marco Específico de colaboración a celebrar entre el Ministerio de Salud y la Municipalidad de Arata, destinado al funcionamiento del Centro Educativo Terapéutico “San Roque”.[1]

 

 

 

Estado de la norma: VIGENTE.-

Publicado en el B.O. 3720 del 27-03-26.-

Dictado el 30-03-26.-

Operador del Digesto: M.L.E.-

 

 

 

VISTO:

 

El Expediente N° 667/2026, caratulado: “MINISTERIO DE SALUD SUBSECRETARIA DE SALUD MENTAL Y ADICCIONES S/ CONVENIO CON LA MUNICIPALIDAD DE ARATA”.-

 

CONSIDERANDO:

 

Que mediante Decreto N° 4909/18 se crea en la órbita del Ministerio de Salud el Programa de Asistencia e inclusión Social de Jóvenes y Adolescentes con consumo problemático de sustancias y condiciones de vulnerabilidad;

 

Que el mencionado programa prevé la conformación del Centro Educativo-Terapéutico “San Roque” en la Ex Escuela N° 58 de la localidad de Arata, emplazada en la Ruta nacional 35 km.446;

 

Que para garantizar el funcionamiento del Centro Educativo-terapéutico “San Roque” resulta necesario celebrar un Convenio entre le Ministerio de Salud y la Municipalidad de Arata.

 

Que la Ley de Ministerios N° 3170 faculta al Ministerio de Salud a promover y coordinar con los municipios acciones conjuntas para la prevención y tratamiento de las adicciones;

 

Que constituye una línea de acción la descentralización administrativa y financiera entre Provincia y municipio a fin de garantizar agilidad y eficiencia en la ejecución de políticas públicas en Salud Mental y Adicciones;

 

Que en el mencionado Convenio la Subsecretaría de Salud Mental y Adicciones acuerda transferir al Municipio de Arata fondos para solventar los gastos vinculados al desarrollo de tareas correspondientes a los servicios administrativos, de limpieza, de cocina, servicios generales y conducción de vehículos;

 

Que a fojas 10 y 15 se encuentran afectados los fondos para atender el gasto;

 

Que el Municipio deberá rendir documentada cuenta de los fondos ante la Subsecretaría de Salud Mental y Adicciones del Ministerio de Salud;

 

Que ha tomado intervención la Delegación de Asesoría Letrada de Gobierno actuante en el Ministerio

 

Que la presente medida se dicta en el marco de los artículos 3° inciso 8 y 19 inciso 8 de la Ley3170 (texto ordenado 2023 – Decreto N° 6186/23), artículo 17 de la norma Jurídica de Facto N° 951, artículo 26 de la Norma Jurídica de Facto N° 835;

 

QUE POR ELLO:

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

 

Artículo 1°.- Apruébase el modelo de Convenio Marco Específico de colaboración a celebrar entre el Ministerio de Salud y la Municipalidad de Arata, que como anexo forma parte integrante del presente, destinado al funcionamiento del Centro Educativo Terapéutico “San Roque”.

 

Artículo 2°.- Delégase en la Subsecretaría de Salud Mental y Adicciones, las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 26 de la Norma Jurídica de Facto Nº 835, para transferir a la Municipalidad de Arata durante el lapso de vigencia del referido Convenio, aportes mensuales no reintegrables para solventar los gastos vinculados al desarrollo de tareas administrativas, de limpieza, cocina, servicios generales y conducción de vehículos.

 

Artículo 3°.- Los fondos necesarios a los fines ordenados precedentemente, se tomarán con cargo a la Jurisdicción “X” – Unidad de Organización 30 – Cuenta 0 – Finalidad y Función 430 – Sección 1 – P.P. 30 – p.p. 02 – s.p. 00 – cl. 00 – scl. 000 – Control 4 y Jurisdicción “X” – Unidad de Organización 30 – Cuenta 0 – Finalidad y Función 430 – Sección 1 – P.P. 30 – p.p. 02 – s.p. 00 – cl. 35 – scl. 000 – Control 2 del Presupuesto vigente, por la suma mensual máxima de PESOS DIEZ MILLONES ($10.000.000).

 

Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Salud y de Gobierno y Asuntos Municipales.

 

Artículo 5°.- Dése al Registro Oficial y al Boletín Oficial, notifíquese, comuníquese, publíquese y pase al Ministerio de Salud y a la Contaduría General a sus efectos.



[1] Nota: Título dado por el Digesto.